Registro de jornada laboral: ¿estás preparado para cumplir con la nueva normativa?

El próximo 12 de mayo entra en vigor la obligación del registro de jornada laboral. Esta medida forma parte del Real Decreto-Ley de medidas urgentes de protección social y lucha contra la precariedad laboral, publicado en el Boletín Oficial del Estado. Se concede un periodo de vacatio legis para que las empresas puedan adaptarse a esta normativa.

¿Qué implica el registro de jornada laboral?

Las empresas deben garantizar un registro diario de la jornada laboral de sus empleados. Esto incluye el horario de inicio y finalización de cada jornada. La flexibilidad horaria es posible, siempre que se haya acordado en los convenios colectivos o mediante negociación colectiva.

Obligación de los convenios y conservación de los registros

Los convenios laborales serán los encargados de organizar y documentar este registro de forma adecuada. Las empresas deben conservar estos registros durante un mínimo de cuatro años. Durante ese tiempo, deben estar disponibles para los empleados, los sindicatos y la inspección laboral.

Sanciones por no cumplir con la normativa

El incumplimiento de esta obligación puede generar sanciones. Las multas por no implementar correctamente el registro de jornada laboral pueden oscilar entre los 600 y los 6.250 euros. Es fundamental adaptarse a esta normativa para evitar posibles penalizaciones.

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